Índice del artículo
A continuación está una lista de preguntas que frecuentemente plantean los participantes del Plan del Fondo de Jubilación del Sindicato Local 812. Hemos proporcionado respuestas generales a estas preguntas. Pero estas respuestas tal vez no siempre se apliquen a su situación individual. Si tiene cualquier pregunta adicional que no le quede contestada aquí, por favor escriba a la Oficina del Fondo.
El Soft Drink & Brewery Workers Union, Local 812 Retirement Fund (Fondo de Jubilación del Sindicato Local 812 de Trabajadores de Fábricas de Refrescos y Cervezas) es un plan con cobertura definida que se rige por la Ley de Seguridad del Ingreso de Jubilación (“ERISA”, por sus siglas en ingles), promulgada en 1974.
- ¿Qué es un plan de cobertura definida?
Un plan de cobertura definida es un plan que proporciona una cobertura definitivamente determinable. Esto significa que la cobertura puede ser calculada con base en una fórmula establecida. Una de las ventajas de tener un plan de cobertura definida es que la cobertura que usted ha acumulado no puede ser reducida si declina el valor de las inversiones del Plan.
- ¿Debo presentar las contribuciones al Fondo de Jubilación a mi nombre?
No. Las contribuciones para las pensiones son pagadas totalmente por su patrón.
- ¿Tengo un saldo de cuenta?
No. Los participantes solamente tienen saldos de cuentas en los planes de contribución definida. Cuando usted tiene un saldo acreditado a una cuenta, su cobertura al momento de jubilarse depende de los valores activos que haya en su cuenta. Su plan, en cambio, es un plan de cobertura definida.
- ¿Puedo tomarle prestado dinero al Fondo de Jubilación?
No. No se permiten préstamos.
- ¿Puedo obtener un pago único?
No. El plan no tiene disponibles pagos únicos anuales.